En torno a la verdad
El reglamento de elecciones del INE
Un hombre competente es un hombre que se equivoca según las reglas.
Paul Ambroise Valéry
Como hemos señalado antes, una de las partes considerables de la reforma electoral del 2014 fue, precisamente, delinear la estrategia de construir un escenario legal común para establecer las reglas del desarrollo del proceso electoral en toda la República mexicana. Ello porque es realmente complejo arribar a una elección con reglas diferentes, máxime cuando el último responsable de ellas es una sola institución: el Instituto Nacional Electoral (INE). Esta complejidad se incrementa en elecciones concurrentes—cuando lo único en común es la fecha de la elección—,pero fuera de ahí no existen coincidencias en las fechas en los procesos y, menos aún, en la propia norma.
Es alarmante que en los pasados procesos electorales el INE haya expedido más de 1500 reglas que regulan no sólo el proceso electoral, sino también figuras jurídicas en las que tiene la rectoría como es el caso del Servicio Profesional Electoral Nacional, la fiscalización, los tiempos de radio y televisión y el padrón de proveedores, por citar algunos.
Al adoptar la reforma, el escenario era que existían básicamente—como en la actualidad—reglas diferentes en diversas disciplinas, aun cuando tenían que ver con un proceso electoral concurrente: las fechas de los registros de los aspirantes a candidatos independientes eran diferentes en las elecciones locales y federales, también las fechas de los procesos de selección de candidatos de los partidos políticos, y la misma suerte corrían las fechas de registro de los candidatos, como ejemplos; no se diga la fecha de entrega del material y documentación electoral para los funcionarios de mesas directivas de casillas, y mucho menos los periodos de sustitución de los candidatos. Estos temas fueron un verdadero peregrinar para las instituciones tanto a nivel federal como local.
Otro aspecto importante a considerar es el relativo a las figuras jurídicas que el INE no asumió en su ejecución, pero que sí normó con elementos mínimos, como son los casos del Programa de Resultados Electorales Preliminares, las encuestas de salida, el conteo rápido, la documentación y el material electoral, entre otros.
Un rubro que también se debe examinar es que en cada proceso electoral tanto el INE como los institutos locales establecían—mediante acuerdos—reglas normativas para la contienda;sin embargo, los criterios variaban, incluso las reglas cambiaron con la reforma electoral de un proceso electoral al otro. Aun cuando el propio INE emitió los criterios sobre los que debían actuar los institutos electorales locales, las reglas se modificaron en alguna o en gran medida del proceso 2014-2015 al 2015-2016; es más, de un proceso electoral ordinario a otro las propias condiciones se diferenciaron entre sí.
Precisamente, con el objetivo de no emitir acuerdos preparativos en cada proceso electoral, no cambiar las reglas en cada una de las contiendas y no generar consensos disímbolos entre sí, y dado el escenario a enfrentar por treinta entidades federativas en el 2017-2018, y contar con reglas más claras desde prácticamente un año antes del inicio de los procesos electorales, fue que el INE, para dar certeza en los procesos electorales tanto federal como locales, diseñó un reglamento de elecciones que bien puede ser la antesala de un código electoral a nivel nacional.
El reglamento de elecciones nace de la necesidad de fijar reglas comunes en los procesos electorales federal y local, para que esas reglas sean mínimas, pero sobretodo para dar certidumbre a todos los actores políticos respecto de las normas regulatorias que rigen cada contienda electoral. Debemos tomar en consideración que el reglamento de elecciones es un documento susceptible de perfeccionar, dado que depende en gran medida de las experiencias que se tengan en cada proceso electoral, de ahí su relevancia.
Y de ahí lo importante de que en dicho documento—a diferencia de los procesos iniciados en el 2014 y 2015—se establecen desde prácticamente un año antes las reglas por las que van a pasar treinta procesos electorales que comienzan en el año 2017, en los cuales se van a elegir los cargos de elección popular.
Las elecciones del 2017-2018 tienen varios datos que llaman la atención. Por eso es importante que en la medida de lo posible se regulen desde ahora las reglas del juego, que es precisamente lo que pretende el reglamento de elecciones.
En primero orden debemo sseñalar que se trata de las elecciones federal y de treinta entidades en las que se renovarán casi 4000 cargos de elección popular, dentro de los que se encuentra el titular del ejecutivo federal y estatales, la Cámara de Senadores, la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, los Congresos estatales y los ayuntamientos de diversas entidades federativas. Ello implica que en pleno o por estados van a participar casi 90 millones de ciudadanos, que son los que se tienen proyectados para el año 2018.
Otro aspecto esencial es que en dichas elecciones se pondrá de manifiesto la tendencia concurrencial a nivel nacional, con reglas un poco más claras. La pretensión es que inicien los procesos electorales en la misma fecha, así como las actividades calendarizadas sean iguales en la medida de lo posible y, desde luego, que la jornada electoral sea en la misma fecha, por única ocasión en el mes de julio, dado que las demás serán en junio.
Llama la atención que existen entidades federativas que prácticamente han llevado a cabo de manera ininterrumpida elecciones desde el 2014 a la fecha, como es el caso del Estado de México, que comenzó en ese año en las elecciones de los ayuntamientos y diputados, tuvo elecciones extraordinarias como fue el caso de Chiautla, ya empezó el proceso electoral para renovar al ejecutivo, y en el 2017 comenzará de nueva cuenta la elección de diputados y ayuntamientos. Otro caso peculiar es el de Veracruz, que tuvo elección de gobernador y diputados en el 2015-2016, acaba de empezar la elección en el 2016 para elegir ayuntamientos y en el 2017 también iniciará las elecciones de nueva cuenta para el ejecutivo y el Congreso.
Otro caso que vale la pena mencionar es el del INE, que prácticamente no ha tenido sosiego electoral desde el 2014:ha organizado las elecciones federales ordinaria y extraordinaria en Aguascalientes, desde ese año, y le corresponde hacer lo propio en el 2017; y ha supervisado las elecciones locales ordinarias y extraordinarias 2014-2015, 2015-2016, las del 2016-2017 en Coahuila, Estado de México, Nayarit y Veracruz. Su carga laboral no se aligerará por lo menos hasta el 2018, incluso —¿por quéno?— en el 2019, ante un probable escenario de alguna elección extraordinaria.
Otro dato importante es que en estas elecciones se utilizarán casi 500 millones de boletas electorales que estarán a disposición de los electores el primer domingo de julio del 2018. Bien vale la pena reflexionar sobre lo anterior para generar algún mecanismo que disminuya el impacto ecológico, dada la gran cantidad de documentación electoral a utilizar.
Por lo que ve al reglamento de elecciones, primeramente abarca la recopilación de los diversos acuerdos que han sido emitidos por el INE y que, además, cuentan con criterios firmes establecidos por el propio órgano jurisdiccional federal, por lo que su contenido obedece a principios definidos por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. Dicho instrumento contiene la compilación de más de cien acuerdos emitidos por la autoridad administrativa electoral nacional, ordenados en distintos rubros que conforman el índice de dicho instrumento.
Vale la pena destacar que el citado reglamento abarca reglas mínimas respecto de figuras jurídicas del proceso electoral, las cuales se pueden clasificar en cuanto a los procesos electorales tanto federal como locales, en temas como capacitación electoral, geografía electoral, padrón y lista de electores, ubicación de casillas y designación de funcionarios de mesas directivas; en cuanto a reglas de observancia a cargo de la autoridad administrativa nacional, pero con efectos a la propia autoridad administrativa y a los organismos locales, tenemos: los resultados preliminares, las encuestas de sondeo y opinión, la observación electoral, el conteo rápido e impresión de documentos y la producción de materiales electorales.
Para el proceso electoral federal el reglamento abarca la preparación de la jornada electoral, la impresión de documentos y la producción de materiales electorales, el escrutinio y cómputo, el cómputo de la elección de Presidente en los distritos electorales y la declaración de validez y otorgamiento de constancias de elecciones de diputados y senadores.
Por último, vale la pena mencionar dentro de lo relativo propiamente al proceso electoral, en la etapa de preparación de la elección se regulan los temas de planeación y seguimiento a los procesos electorales, la integración e instalación de los Consejos Locales y Distritales del INE, la designación de los consejeros de los Organismos Públicos Locales Electorales y de sus funcionarios, la instalación de oficinas municipales, instrumentos y organismos públicos locales, el voto de los mexicanos residentes en el extranjero en elecciones federales y estatales, definición, características y procedimiento para la instalación de los espacios que sirvan de resguardo de documentación electoral, visitantes extranjeros, registro de representantes de partido y de candidatos independientes, registro de candidaturas, materiales para la elaboración de la propaganda electoral impresa,así como monitoreo a los programas de radio y TV que difunden noticias y debates.
En la etapa de la jornada, se tocan los aspectos relativos al sistema de información sobre el desarrollo de la jornada electoral, escrutinio y cómputo en los procesos locales, y en el tema referente a los actos posteriores a la elección: los mecanismos de recolección de los paquetes electorales al término de la jornada electoral, recepción de paquetes electorales en los Consejos Distritales y de los órganos competentes de los organismos locales electorales, los cómputos de las elecciones federales y locales, los programas de resultados preliminares y conteos rápidos, entre otros.
Cabe mencionar que el reglamento es un instrumento complementario a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, así como al Código Electoral o legislación equivalente de cada entidad federativa, dado que las reglas básicas se encuentran en dichos instrumentos, y la función del reglamento es darle más certeza a las figuras jurídicas que en ambas legislaciones ordinarias se tienen previstas.
Por lo pronto,usted ¿qué opina?
Ramón Hernández R.
@HernandezRRamon