Signos ominosos
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) al investigar los hechos ocurridos el 6 de enero de 2015 en Apatzingán llegó a la conclusión de que se presentaron múltiples ilegalidades que incluyeron detenciones arbitrarias, alteración de las escenas de los crímenes, uso excesivo de la fuerza y una ejecución extrajudicial.
Quien el 6 de enero se encontraba al mando de toda la fuerza pública, de acuerdo con el decreto de creación de la Comisión para la Seguridad y el Desarrollo Integral de Michoacán, era Alfredo Castillo Cervantes, quien tenía entre sus facultades solicitar el apoyo de las fuerzas armadas y “disponer, ordenar y coordinar las acciones de apoyo y auxilio por parte de las instituciones federales de fuerza pública, necesarias para el cumplimiento del objeto de este Decreto y aquéllas que requieran las autoridades locales y municipales en el Estado de Michoacán.”
Los “Viagra”, delincuentes ligados algún tiempo a los “Templarios”, se hicieron aliados de Castillo a su llegada a Michoacán, e integraron, junto con otros personajes de negro pasado el G250, el grupo de élite que supuestamente se encargaría de capturar a Servando Gómez “La Tuta”. Castillo los usó y ante los múltiples reclamos por los evidentes excesos en que incurrían los desechó. El G250 desapareció, lo que derivó en la toma de las instalaciones de Palacio Municipal a mediados de diciembre de 2014, luego de los sucesos de La Ruana en los que, otro aliado de Castillo, “El Americano”, llegó al rancho “Las Palmas” con el objeto de asesinar a Hipólito Mora.
Para mantener la toma de la alcaldía los “Viagra” se valieron de cortadores de limón y jornaleros que fueron desalojados la madrugada del 6 de enero por integrantes del Ejército y la Policía Federal, ninguno de los hermanos Sierra Santana fue tocado. La CNDH acreditó que cinco personas que se encontraban en la plaza con motivo de las compras del día de Reyes fueron detenidas arbitrariamente y que 30 más refirieron encontrarse en lugares distintos al estacionamiento de Palacio Municipal. En el primer evento registrado en la sede de la alcaldía hubo un muerto y ocho personas que fueron lesionadas por la fuerza pública innecesariamente.
La CNDH afirma que enfrentó obstáculos. La Procuraduría General de Justicia del Estado se negó a colaborar en la investigación de la muerte de la persona fallecida en la alcaldía, quien según la versión de Castillo fue atropellado; la dependencia encabezada por José Martín Godoy se negó a proporcionar al organismo defensor de los derechos humanos, las impresiones fotográficas relativas a la necropsia que se le practicó al cadáver, hay indicios de que fue asesinado por la Policía Federal.Hubo una indebida procuración de justicia en la averiguación previa por parte de la Procuraduría. La Secretaría de Seguridad Pública del Estado, en ese entonces a cargo de Javier Ocampo, se negó a proporcionar los audios de los equipos de radio comunicación, pretextando que cambiaron de software y ya eran ilegibles.
En el segundo evento suscitado cerca de las 8:00 del mismo 6 de enero, en el cruce de las Calles Constitución y Plutarco Elías Calles, la CNDH corroboró que quienes iban en las camionetas que alcanzaron a la Policía Federal no iban armados, traían palos en las manos; en la camioneta Acadia negra se encontró un arma larga, pero esta carecía de cargador y los cartuchos percutidos encontrados en los alrededores no correspondían al calibre, por lo que concluye que esa arma no fue utilizada, sin embargo quienes tripulaban el vehículo fueron asesinados en el pavimento. Se acreditó la ejecución extrajudicial de una persona, no portaba armas, le dispararon los policías federales, aun cuando no se encontraba armado y alzó las manos en señal de rendición.
Alfredo Castillo al comparecer ante los medios el 6 de enero manejó la versión de que al ser trasladados a un corralón los vehículos decomisados en el desalojo de la alcaldía, los federales fueron agredidos por civiles armados y al repeler la agresión “7 civiles del grupo de atacantes perdieron la vida en el lugar y uno más falleció al ser atendido en un nosocomio de la localidad”, para tratar de acreditar su dicho Castillo se asistió de Carlos Hugo Castellanos Becerra para mostrar unos videos del C4 en los que se observaron imágenes borrosas a las que se aderezó con una crónica verbal a modo. El entonces Comisionado cambió, días más tarde, su versión atribuyendo las muertes al fuego cruzado entre los mismos supuestos atacantes.
La CNDH acreditó otros errores dolosos de la Procuraduría General de Justicia del Estado, hubo omisiones en las necropsias de los diez fallecidos en Apatzingán; los dictámenes forenses a los cuerpos de los agraviados y el levantamiento de los cadáveres, presentan inconsistencias, hay discrepancia entre lo descrito por los médicos legistas y el Agente del Ministerio Público; los peritos de la Procuraduría estatal incurrieron en error en la identificación de dos cuerpos “toda vez que en las diligencias de levantamiento de los cadáveres y los dictámenes de las necropsias los nombres de los occisos se encuentran invertidos”.
La recomendación 3VG/2015 emitida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos es la punta del hilo que puede conducir a la caída de Alfredo Castillo y de sus colaboradores José Martín Godoy Castro y Javier Ocampo. Es evidente que además del abuso de la fuerza, la ejecución extrajudicial y las detenciones arbitrarias, la investigación fue alterada. Al gobierno de Michoacán la CNDH le solicita concretamente que cumpla proporcionado las fotografías relativas al levantamiento del cadáver y a la necropsia de quien murió en la alcaldía; se aclaren las irregularidades en las necropsias practicadas a los diez cadáveres y la inadecuada preservación de la cadena de custodia por parte de personal de la Procuraduría al no embalar algunos de los indicios, evidencias o medios probatorios asegurados en el lugar de los hechos. Los hechos del 6 de enero de 2015 constituyen un episodio oprobioso, una muestra de la ausencia del estado de derecho y de violación a los derechos humanos.