Libros de ayer y hoy
Presupuesto de los órganos locales electorales
Dos linajes solos hay en el mundo, como decía una agüela mía,que son el tener y el no tener.
Miguel de Cervantes
La reforma del 2014 trajo consigo un cambio estructural y competencial sin precedentes dentro del derecho electoral, modificó la conformación y competencias de los organismos electorales; diseñó un nuevo esquema electoral con traza nacional; y otorgó diversas facultades de carácter exclusivo, concurrente y competencial a las autoridades locales y nacional.
En el transcurso de los procesos electorales del 2014-2015 y 2015-2016, han salido de relieve aquellas cuestiones que se necesitan mejorar y adecuar en beneficio del proceso electoral. Las reglas de un proceso electoral a otro han cambiado, no por disposición de la ley, sino por disposición de los reglamentos, lineamientos y acuerdos que han emitido el Instituto Nacional Electoral.
El gran reto que hoy las instituciones legislativas enfrentan es emitir nuevos conceptos normativos que permitan, por disposición legal, que exista una verdadera armonía entre la norma y la operatividad de los procesos electorales y de participación ciudadana. En Michoacán el reto no es menor, es imprescindible que se conjuguen el proceso electoral federal con el local; al existir una elección concurrente, ello demanda una verdadera coincidencia entre los calendarios y fechas de ambas elecciones, solamente así se podrán sumar esfuerzos que permitan de manera uniforme que las elecciones se lleven a cabo en coparticipación entre el INE y el IEM.
Un rubro que se le escapó al legislador federal y local de la reforma-quiero pensar que no fue adrede- es el tema financiero; es decir el tema de la asignación de los recursos a los organismos autónomos por parte de la autoridad competente. Este tema no es menor, es un elemento imprescindible que da la verdadera razón de ser a los organismos autónomos, independientemente si son electorales o no.
En efecto, una de las características de un órgano electoral es la autonomía, ella se logra además de cumplir con una serie de apotegmas, con una verdadera independencia financiera de los diversos poderes del estado. Hablo no sólo de los órganos administrativos electorales sino de los jurisdiccionales.
Tenemos casos lamentables como lo que sucedió en Morelos o Baja California Sur, en los que en sus respectivos procesos electorales pasados, los organismos locales electorales no contaron con los recursos necesarios para hacer frente a las distintas etapas de sus respectivos procesos electorales. También existen casos actuales en procesos electorales como Veracruz y Quintana Roo, en los cuales los organismos electorales han corrido con la misma suerte, es decir cuentan con un presupuesto limitado e irregular que entorpecen las tareas de las autoridades.
No debemos dejar a un lado a los organismos jurisdiccionales locales, los cuales también, en los procesos electorales pasados y en estos, se han visto en serias dificultades para desempeñar su papel, ello derivado del capricho de las autoridades administrativas y legislativas de no otorgarles los recursos necesarios para enfrentar el proceso electoral. Lo anterior sin dejar a un lado los procesos electorales extraordinarios, en los que existieron casos como el de Tabasco y Querétaro, que los recursos económicos no llegaron a tiempo para la organización de los comicios extraordinarios.
En Michoacán, tanto en la elección ordinaria como las extraordinarias, los recursos a final de cuentas fueron otorgados a pesar de la situación económica tan estrecha por la cual se atravesaba y atraviesa. De ahí que vale la pena hacer un merecido reconocimiento a las autoridades de la anterior administración y la actual que siempre se portaron a la altura y con la sensibilidad necesaria para cumplir con un compromiso social; al igual que el congreso local de la anterior y presente legislatura.
Una manera de garantizar que el presupuesto de los organismos locales no pase por un viacrucis administrativo y legislativo, y lograr quitar la intervención de los poderes, es que desde la propia legislación ya se destine a las autoridades electorales un porcentaje del presupuesto de egresos el cual variara dependiendo si es proceso electoral o no. Este ejercicio ya fue incorporado por parte de algunas legislaturas en otras entidades de la república que prevén un presupuesto desde la propia ley para los organismos electorales.
Esta disposición no sólo es sana, sino otorga certeza a ambas partes, a las autoridades administrativas y legislativas del recurso que se les va a otorgar a los organismos electorales locales, y que el recurso no va a ser sujeto a ajustes. También a los propios órganos electorales locales quienes saben de antemano el recurso que recibirán con base a un aumento que vía ley corresponde instrumentar y con apoyo de otros instrumentos como es el salario mínimo que sirven para programar certeramente los cálculos económicos.
Otro aspecto bondadoso, es que con esta medida y generando una reserva presupuestaria para que en el caso de los procesos electorales extraordinarios las autoridades tendrán certeza de que no se les va a pedir recursos económicos adicionales y se programarían las finanzas en este rubro de manera más certera y clara.
No debemos olvidar que la reforma electoral del 2014 y las anteriores, han tenido como principal objetivo el evitar que los poderes del estado intervengan en la actividad de los organismos electorales locales y federal; y definitivamente un rubro que hay que cuidar es el económico, para el efecto de que los entes encargados de organizar las elecciones y aplicar la justicia electoral, no sean rehenes de caprichos y chantajes económicos que amenacen su buen desempeño. Se logró en varios rubros dar autonomía a los organismos electorales locales, sin embargo un tema pendiente fue precisamente el económico, parte de la reforma debe de ir en ese sentido, para poder hablar de una independencia real. Por lo pronto… usted ¿qué opina?
Ramón Hernández R.
@HernandezRRamon