Estudiantes de la Universidad de Guanajuato protestan durante desfile
SAN LUIS POTOSÍ, SLP., 29 de septiembre de 2026.- Las personas peatonas ocupan el primer nivel de la jerarquía de movilidad establecida por la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, mientras que la legislación de San Luis Potosí reconoce su preferencia al cruzar las vías públicas y establece derechos y obligaciones específicos.
El tema cobra relevancia luego de que el Cabildo de San Luis Potosí aprobara el 25 de septiembre modificaciones al Reglamento de Tránsito Municipal, con disposiciones relacionadas con movilidad, accesibilidad y seguridad vial. El proyecto fue aprobado por unanimidad después de un proceso que, de acuerdo con el Ayuntamiento, incluyó mesas de trabajo y participación de distintos sectores.
La Ley de Tránsito del Estado de San Luis Potosí, en su artículo 67, establece que las personas peatonas tienen derecho a transitar por la vía pública en los espacios destinados para ellas, los cuales deben cumplir con los criterios establecidos en la legislación de movilidad y las normas aplicables.
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