Gerardo A. Herrera Pérez/ Quadratín
MORELIA, Mich., 24 de abril de 2014.- Tanto el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) como el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), reconocen como beneficiarias de los servicios de seguridad social el matrimonio entre personas del mismo sexo; situación que se ha ganado derivado de múltiples procesos judiciales de amparo contra estos Institutos que violentan los derechos humanos de los promoventes, y en cuyo caso la justicia federal ha pronunciado sentencias a favor de los quejosos.
En el mes de enero en comunicado lacónico el IMSS preciso que “Los matrimonios formados por personas del mismo sexo serán sujetos de afiliación al régimen ordinario del Seguro Social”; y es que tras cuatro años de la constitucionalidad de los matrimonio gay en el Distrito Federal, hoy los cónyuges tienen los mismos derechos que el matrimonio heterosexual, situación que ha tenido que cambiar los criterios institucionales, los cuales se mantenían bien arraigados en los mecanismos de exclusión, discriminación, violación a derechos humanos y ausencia de políticas públicas y marcos normativos que por años cuido el androcentrismo y el sexismo del sistema de género contra los transgresores del género.
No obstante las acciones ganadas por la vía judicial, y que hoy los institutos se pronuncien aceptando los derechos del matrimonio gay, el reconocimiento pleno de los derechos humanos no está concluido; lo expreso porque en el Poder Legislativo Federal, aún no ha sido discutidas las modificaciones a las iniciativas de las leyes del IMSS y del ISSSTE, a efecto de que los matrimonios gay sean reconocidos con todos los derechos que brinda la seguridad social, el cambio en el paradigma operativo de ambas instituciones federales fue el cúmulo de demandas de amparo ganadas por los quejosos, dicho sea de paso “no les quedo de otra”, no pueden ir en contra de la Constitución Federal y de las Constituciones Locales ya reformadas.
En este sentido, me parece que todas las parejas, de hecho o por derecho deberían de ejercer por la vía judicial el pleno cumplimiento del artículo primero constitucional, párrafo quinto, en el cual se expresa que nadie puede ser discriminado por su preferencia sexual y que en razón de ello, debería de privilegiarse la seguridad social no solo para los matrimonio gay, sino también para aquellas parejas de hecho que viven un concubinato. Pero no solo eso, sino hacer la armonización correspondiente en la legislación secundaria, como lo es la Ley del IMSS, o la Ley del ISSSTE y otras más iniciando por los códigos civiles o bien los códigos ya reformados en materia familiar, como es el caso del Estado de Michoacán que expresamente violenta los derechos de la comunidad gay al no reconocer el matrimonio gay.
Si bien hasta ahora tenemos avances, principalmente de orden legislativo tanto en materia federal como de algunas entidades federativas, también debemos de reconocer que falta mucho por hacer; como el que los Congresos Locales armonicen las leyes con las normas federales y los convenios internacionales en materia de derechos humanos suscritos por México y ratificados por el Senado de la República.
Y es que en esta materia de los derechos civiles, no reconocer las relaciones de hecho o de concubinato, ponen en un estado de indefensión a las parejas cuando una de ellas muere y la otra queda al desamparo; por ello, legisladores de la cámara alta y baja del Congreso de la Unión, es importante legislar a favor de las minorías sexuales, es importante legislar sin discriminación, por la igualdad y sin ideologías que eviten continuar en una diferencia de trato social a este segmento de población.
No obstante vale la pena comentar que en semanas pasadas el Presidente Peña Nieto, modifico el Decreto que creaba el Día Nacional de la Tolerancia y Respeto a las Diferencias, por el Día Nacional de Lucha contra la Homofobia, conmemoración a celebrar el próximo 17 de mayo. Puedo entender que con ello, existe una visión de reconducir una política pública en favor de lo que expresa la Constitución Federal no discriminar por preferencia sexual, y con ello visibilizar en otro sentido a la comunidad homosexual para evitar el estigma, el prejuicio y el estereotipo y en donde la población pueda abrevar para evitar la diferencia de trato social, y con ello disminuir la homofobia y la misandria, el odio.
Señores y señoras legisladoras de ambas cámaras, los conmínanos a ponderar la importancia de concluir el esfuerzo de las reformas en materia de derechos humanos de 2011, para traducir a favor de las minorías sexuales sus plenos derechos sexuales y reproductivos, así como los civiles que hoy, en distintas entidades de la república los marcos normativos están violentando los derechos humanos.