MORELIA, Mich., 28 de mayo de 2014.- Con la publicación en el Periódico Oficial del Estado de Michoacán del Reglamento para regular el grafiti y la venta de pintura de aerosol, el ayuntamiento moreliano intentará combatir esta expresión urbana.

De entrada, en la redacción del reglamento se advierte que quedó prohibida la venta de la pintura de aerosol a menores de edad. Además se aplicarán sanciones económicas que van de los 25 a 200 salarios mínimos para quienes pinten en una barda sin el permiso correspondiente.

El diario oficial publicado el pasado 22 de mayo del presente año, señala que el acuerdo de cabildo con fecha del 29 de noviembre del 2013, dio origen a esta nueva reglamentación.

Además de las sanciones se advierte en el reglamento de seis capítulos contiene las reglas para que esta expresión urbana sea legal, mediante la autorización del secretario del ayuntamiento.

Al menos una docenas de dependencias, tendrán diversas actividades para vigilar y operar el mencionado reglamento.

A continuación un breve extracto de la justificación contenida en el diario oficial.

“En cumplimiento de las disposiciones contenidas y preocupado por crear un Marco Reglamentario, con fundamentos de vinculación bilateral, imperativos y obligatorios, que regule la actividad de expresión urbana conocida como Grafiti, tendiente a hacer públicos nombres, hechos, sentimientos e ideas a través de mensajes gráficos como dibujos, pintas, marcas, rayones o inscripciones, plasmados sobre un bien inmueble o mueble, público o privado (paredes o muros, vehículos, puertas y mobiliario urbano) con o sin el permiso de su dueño, utilizando para ello pinturas, aerosol, spray, marcadores o cualquier otro elementos que sirva para tal fin, en cualquiera de sus modalidades y sancione a quienes vendan los productos que se utilizan para llevar la práctica de la misma, estableciéndose expresamente la prohibición de vender dichos productos a menores de edad y señalándose que solo podrán ser adquiridos por personas mayores de edad y acrediten el buen uso y destino del producto y, de esa manera, contar en el Municipio con una regulación específica para sancionar esta práctica cuando se realice fuera del uso permitido”.