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La Procuraduría Federal de Protección al ambiente (Profepa), informó que el Decimonoveno Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, negó el 27 de octubre pasado, el amparo y protección de la justicia de la Unión promovido por la empresa Éxito Resort S.A. de C.V., respecto a la Clausura Total Temporal impuesta en 2013 a las obras del desarrollo inmobiliario denominado Vivo Resort.
De acuerdo con un comunicado, dichas obras ubicadas en la comunidad de Bajos de Chila, municipio de San Pedro Mixtepec, Oaxaca, se realizaban sin la autorización de cambio de uso de suelo en terrenos forestales emitida por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), en un ecosistema costero dentro de terrenos forestales constituido por Matorral Xerófilo y Dunas Costeras.
Derivado de esa inspección, la Profepa inició, en el año de 2013, procedimiento administrativo mediante el cual impuso como sanción una multa de $2,018.700.00 y medidas correctivas, entre ellas, la obtención de la autorización de cambio de uso del suelo en terrenos forestales, expedida por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Inconforme con dicha determinación, la empresa impugnó por la vía contenciosa administrativa, de la cual, mediante sentencia, la Sala Especializada en Juicios en Línea reconoció la validez de la resolución, por lo que inconforme con dicha determinación, el infractor promovió juicio de amparo directo, el cual fue negado este 27 de octubre por el Decimonoveno Tribunal Colegiado.
Con dicha resolución queda firme la determinación de la Profepa; por lo tanto, la empresa Éxito Resorts, S.A. de C.V., debe cumplir con las sanciones impuestas, además de las medidas correctivas impuestas en su momento.
La Profepa constató durante una visita de verificación reciente, como parte de las acciones realizadas en la substanciación del juicio de nulidad en Línea, que la empresa infractora continuó con la realización de obras de construcción de nuevos edificios en el lugar clausurado, así como la operación y mantenimiento de los ya existentes.
Todo ello, debido al otorgamiento de la medida cautelar otorgada dentro del juicio contencioso administrativo, sin embargo, los efectos de dicha medida cautelar ha quedado sin efectos ante la ejecutoria de amparo que le niega la protección de la Justicia de la Unión, por lo que podrían ser sujetos a nuevo procedimiento administrativo y sanciones, conforme lo establece la ley en la materia.
La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente continúa realizando las acciones para el cumplimiento de las determinaciones impuestas y con ello garantizar el derecho humano a un medio ambiente sano.