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MORELIA, Mich., 20 de junio de 2025.- El Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) determinó no aprobar el proyecto que proponía declarar la inexistencia de violencia política contra las mujeres en razón de género (Vpmg) en el Consejo Comunal de Arantepacua.
En sesión pública, la tarde de este viernes, el TEEM resolvió el expediente 012 de este año, relativo a denuncias presentadas en el contexto del Consejo Comunal de Arantepacua, en el que la magistrada Yurisha Andrade Morales proponía declarar la inexistencia de la VPMG.
El magistrado Adrián Hernández Pinedo fijó su postura de disenso y destacó que el expediente no se encuentra en condiciones de ser resuelto de fondo. “Considero que subsisten líneas de investigación relevantes que no han sido debidamente agotadas, lo que impide tener por satisfecho el estándar mínimo de exhaustividad”, expresó.
El expediente refiere hechos graves denunciados: una agresión física ocurrida el 26 de marzo de 2024, amenazas con arma de fuego el 22 de julio del mismo año y la presunta usurpación de funciones dentro del Consejo Comunal de Arantepacua.
Hernández Pinedo subrayó que la instrucción del procedimiento enfrentó obstáculos como la incomparecencia reiterada del denunciado y de testigos clave, lo que dificultó una verificación más amplia de los hechos.
“No está satisfecho el estándar mínimo de exhaustividad que debe regir en todo procedimiento sancionador, particularmente tratándose de posibles actos de violencia política en razón de género”, señaló el Magistrado.
Durante la discusión, el magistrado Eric López V illaseñor respaldó la necesidad de un análisis profundo con perspectiva de género e interculturalidad. Señaló que el contexto en que se desarrollaron las denuncias hace indispensable que se apliquen criterios sensibles a las condiciones de las mujeres indígenas, para quienes resulta más complicado atreverse a denunciar.
Por su parte, la magistrada Amelí Gissel Navarro Lepe, coincidió en que el proyecto presentado incluía un análisis jurídico basado en la metodología para juzgar con perspectiva de género intercultural e interseccional. No obstante, señaló que debía procurarse en todo momento evitar cualquier estereotipo o prescripción de género que pudiera sesgar la resolución.
Sobre el asunto, la magistrada presidenta del TEEM, Alma Rosa Bahena Villalobos, expresó su preocupación por el riesgo de cerrar un expediente sin haber agotado todas las líneas de investigación, sobre todo cuando se trata de un caso que involucra violencia política contra mujeres indígenas.
Subrayó que los hechos denunciados, una agresión física, amenazas con arma de fuego y la presunta usurpación de funciones en el Consejo Comunal de Arantepacua, debían ser analizados con un enfoque sensible a la perspectiva de género e interculturalidad, para no reproducir estereotipos ni prácticas discriminatorias. Consideró que resolver en ese momento podría enviar un mensaje de desprotección a la denunciante y reforzar la percepción de impunidad.
Por su parte, la magistrada Yurisha Andrade Morales defendió su propuesta de declarar la inexistencia de la infracción, argumentando que el proyecto se construyó con base en un análisis jurídico exhaustivo de los hechos denunciados y de las pruebas disponibles.
Sostuvo que se aplicó la metodología adecuada para juzgar con perspectiva de género e interculturalidad, procurando en todo momento evitar estereotipos o prescripciones de género. Sin embargo, pese a sus argumentos y al esfuerzo por sustentar la resolución, la propuesta no prosperó en el Pleno, al prevalecer la postura de que el expediente requiere nuevas diligencias antes de emitir un fallo definitivo.
El pleno revocó, además, las medidas de protección dictadas el 30 de enero por el Instituto Electoral de Michoacán en favor de la denunciante. Asimismo, se instruyó a la Secretaría General de Acuerdos y a la Unidad de Transparencia del Tribunal Electoral a proceder conforme al apartado de protección de datos personales, con el objetivo de resguardar la información sensible contenida en el expediente.
En conclusión, el Tribunal dejó abierto el caso para la realización de diligencias adicionales que permitan esclarecer los hechos denunciados y garantizar la protección efectiva de los derechos de la presunta víctima.




