MORELIA, Mich., 12 de agosto de 2020.- La Comisión de Justicia del Congreso del Estado dictaminó a favor de que en Michoacán sean imprescriptibles los delitos de violación equiparada y abuso sexual en menores de 18 años, además de que se aumenten las penas privativas de la libertad hasta 18 años y sanciones económicas.

La propuesta fue presentada por la diputada Adriana Hernández, el pasado febrero, para hacer reformas al Código Penal en su artículo 110 para establecer que las penas para los delitos de violación equiparada y abuso sean imprescriptibles.

Al artículo 165 se le adiciona una fracción para establecer que comete el delito de violación equiparada quien se aproveche de la relación de subordinación o superioridad que tenga sobre la víctima derivada de una relación de cualquier índole, realice cópula con persona mayor de doce y menor de dieciocho años de edad o le introduzca por vía anal o vaginal cualquier elemento, instrumento o parte del cuerpo humano distinto del pene.

Se agrega un artículo, 167 Bis sobre abuso sexual de personas menores de dieciocho años, cuando, sin llegar a la cópula y aprovechándose de la relación de subordinación o superioridad que tenga sobre la víctima derivada de una relación de cualquier índole, ejecute un acto sexual en persona menor de 18 años o persona que no tenga capacidad para comprender el significado del hecho, o que por cualquier causa no pueda resistirlo, o la haga observar o ejecutar dicho acto.

A quien cometa ese delito se le impondrá de entre nueve a 18 años de prisión y multa de 750 a 2 mil 250 Unidades de Medida y Actualización, cuando actualmente es de dos a cinco años de prisión, y de 200 a 500 días multa. Si se hiciera uso de la violencia física, la pena prevista se aumentará en una mitad.