Inauguran exposición sobre Publicidad en Morelia en el siglo 20
MORELIA, Mich., 10 de noviembre de 2016.- Al resolver los juicios ciudadanos 047 y 048 de este año, el Tribunal Electoral del Estado de Michoacán, determinó confirmar la resolución emitida por la Comisión Nacional de la Red de Jóvenes X México del PRI, los mencionados juicios fueron promovidos por Judá Aser Vázquez Hernández y Brenda Garnica Meza.
De acuerdo a un comunicado, en el primer asunto, los actores se dijeron agraviados por la vulneración al derecho electoral de votar y ser votados, debido a que en su concepto se anularon los apoyos que ya habían sido ratificados a su favor, sin embargo, de acuerdo al análisis del TEEM determinó infundado el agravio, debido a que no se eliminaron los nueve apoyos que adujeron, sino que fue una consecuencia de la revocación ordenada en el diverso expediente resuelto por este mismo órgano que dejara sin efecto el acuerdo de garantía de audiencia.
Asimismo, los magistrados calificaron como parcialmente fundado el agravio de falta de fundamentación, motivación y exhaustividad, en virtud de que la autoridad responsable no atendió la totalidad de las consideraciones hechas valer por los inconformes; las que estudiadas en plenitud de jurisdicción declaró infundadas.
Con respecto a segundo asunto, los actores expusieron como agravios la violación al principio de exhaustividad por la omisión de estudiar el primero de los que hicieron valer en su demanda de inconformidad que se declaró parcialmente fundado, virtud a que la autoridad no realizó pronunciamiento respecto a seis municipios; analizando lo relativo a éstos en plenitud de jurisdicción con la calificativa de infundados.
Finalmente, con respecto a los agravios relacionados con la violación al principio de imparcialidad, introducción de argumentos novedosos en la resolución impugnada, y la indebida determinación del padrón de dirigentes para ratificar apoyos, se determinó declararlos inoperantes los 3 primeros e infundado el último.