PJF: resultado de un proceso histórico y no de ánimos electorales
URUAPAN, Mich., 19 de junio de 2013.- Tras declararse nulas las actuaciones que integran el proceso penal 70/2012, por el delito de secuestro y homicidio en agravio del menor Bernardino “B” y haber obtenido su libertad los presuntos implicados por falta de pruebas para procesar, se inició la reposición del procedimiento y la próxima semana serán llamados para que rindan declaración testimonial, siete personas, en el juzgado cuarto en materia penal.
Los presuntos implicados, Cecilia Amado, Genaro Bravo y Delfina Soto, secuestraron al menor Bernardino (Zury), el miércoles 21 de marzo, frente a la refaccionaria “Bratol”, en la comunidad indígena de Angahuan; pedían 600 mil de rescate. Al sentir la presión policiaca, lo asesinaron y dejaron su cuerpo en el kilómetro 9 de la carretera San Lorenzo-Las Cocinas, el 20 de abril del año pasado.
Pero fueron dejados en libertad a las 15:00 horas del domingo 16 de diciembre pasado, ya que no fueron detenidos por la Policía Ministerial en flagrancia del delito, ni contaron con un intérprete en sus declaraciones, por su condición de indígenas, según lo establece la Ley.
El juzgado cuarto penal que integra el expediente, ha publicado en el estrado: “Se tiene a la agente del Ministerio Público de la adscripción ofreciendo pruebas, se admiten y se señala fecha para su desahogo, requiriendo a los inculpados para que nombren defensor que domine la lengua purhépecha, de igual manera nómbrese intérprete que asista las pruebas, por lo que se fijan en punto de las 10 horas del día 27 de junio del año en curso, para el desahogo de la testimonial, a cargo de Luis Lázaro Cortez, a quien se ordena citar a través del jefe de tenencia de la comunicad de Angahuan, además de las 10 horas del día 28 de junio del año en curso, para la testimonial a cargo de Valente Soto Rita, elemento de la Policía Municipal de Angahuan, notifíquese y apercíbase personalmente a las partes, testigos y a la defensa”.
Otro.- “Se tiene a la agente del Ministerio Público de la adscripción insistiendo en el desahogo de las testimoniales a cargo de los inculpados, proporcionando lugar para notificarlos, se admite y se señala fecha para que nombren defensor que domine la lengua purhépecha, de igual manera, nómbrese intérprete, por ende se fijan las 10 horas, del día 24 de junio del año en curso, para el desahogo de la testimonial a cargo de María Guadalupe Soto Santacruz; se fijan las 10 horas del día 25 de junio para la testimonial a cargo de Jesús Amado Soto. Por otro lado, se fijan las 10 horas del día 26 de junio del año en curso para la testimonial a cargo de Jesús Romero Martínez; las 11:45 horas, del mismo día para la testimonial a cargo de José de Jesús González Bedolla, y las 13:30 horas del día aludido, para la testimonial a cargo de Carlos Omar Alcaraz Martínez, notifíquese y apercíbase personalmente a las partes, los testigos y la defensa”.