MORELIA, Mich; a 19 de enero del 2022.- Socios del Sindicato de Trabajadores de la Universidad Michoacana (Stumich) demandan el amparo y protección de la justicia federal en contra de actos cometidos por la Junta Local de Conciliación y Arbitraje que registró y otorgó una constancia de reforma a los estatutos de este organismo sindical, pese a que existía una clara violación a la Ley Federal del Trabajo. 

El secretario del Trabajo del Stumich, Aurelio Alipio Ceja, acusó que el secretario general Armando Rangel Díaz, presentó indebidamente al árbitro laboral una modificación a los estatutos de este organismo sindical, de manera que haya lugar a la reelección del Comité Ejecutivo que él preside, cuando que la Asamblea General ya había determinado la prohibición de esa figura en la renovación de la directiva sindical. 

Refirió que mediante auto de fecha 25 de octubre del año 2021, fracción II, la Responsable -la Junta Especial Número Cinco de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Michoacán- acordó lo siguiente:

“En atención al contenido del acta de asamblea extraordinaria general de fecha 27 de agosto del año en curso, en donde se precisa modificar la norma estatutaria en atención a la reforma laboral del año 2019, en los términos de los Estatutos adjuntos a dicha acta de asamblea, esta autoridad laboral, registra la reforma estatutaria, de conformidad con los artículos 371 y 377 de la Ley Federal del Trabajo”. 

Dijo que para dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 377, fracción II de la Ley Federal del Trabajo las actas relativas a las modificaciones de los estatutos de los sindicatos, en este caso a la reforma estatutaria, deben ser autorizadas por el Secretario General, el Secretario de Actas y por el Secretario de Organización del Sindicato. 

Sin embargo, -añadió- las actas correspondientes solamente se encuentran autorizadas por el Secretario General y por el Secretario de Actas, pero no así por el Secretario de Organización,” lo que trae como consecuencia que el acuerdo que por esta vía se impugna sea contrario a derecho y por consecuencia se encuentra afectado de nulidad, motivo por el cual desde este momento se solicita la suspensión de dicho acto provisional y en su caso definitiva de dicho acto”.  

Vía el abogado Juan Manuel Mosqueda Cortés, también socio del STUMICH, Aurelio Alipio expresó que “la reforma a los estatutos es una facultad reservada a la Asamblea General como se desprende del artículo 12, fracción II, sin que en ninguna disposición estatutaria se establezca como una facultad de algún otro órgano de gobierno del sindicato, corolario de lo anterior la reforma estatutaria que se impugna resulta ilegal debido a que dicha facultad es exclusiva de la Asamblea General y, más aún, las reformas al estatuto deben ser aprobadas por cuando menos el 80% de los socios del sindicato y no como indebidamente lo realizó el supuesto Congreso de Representantes que la aprueba sin acreditar cada uno de ellos que fue aprobada por los integrantes de cada sección sindical”. 

Recordó que ninguno de los secretarios seccionales que conforman el Congreso General de Representantes del Stumich -órgano sindical que supuestamente aprobó la modificación de los estatutos- tiene la ‘Toma de Nota’ de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje. 

 Así, los secretarios seccionales no pueden integrar el Congreso de Representantes, “lo que trae como consecuencia que el acta circunstanciada de congreso de representantes se encuentre afectada de nulidad, una razón más para que La Responsable negara el registro de la espuria reforma estatutaria”. 

En ese sentido, el abogado y secretario del Trabajo del Stumich, Aurelio Alipio Ceja, demanda que se suspenda definitivamente el acto de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje que validó una supuesta reforma a los estatutos del organismo sindical universitario, cuyo directivo ya debió haber citado a Asamblea General para que se apruebe la convocatoria que permita renovar al Comité Ejecutivo del Sindicato de Trabajadores de la Universidad Michoacana (Stumich).