Invita Iemsysem a acceder a becas académicas para próximo ciclo escolar
MORELIA, Mich., 2 de diciembre de 2022.- Derivado del juicio de amparo 874/2022 promovido por Jorge Álvarez Banderas, contra actos de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo (UMSNH), este resultó favorable.
De acuerdo con información proporcionada por el académico, este proceso se dio debido a que desde el 13 de agosto de 2022 la Universidad lo bloqueó de sus cuentas de redes sociales, sin motivo justificable, según el demandante.
Según se refiere en el documento proporcionado, el bloqueo lo realiza la Universidad, pese a ser una institución que tiene como finalidad la difusión cultural y educativa, para lo cual estableció sus propios canales de comunicación, que en el caso específico es a través de sus cuentas en redes sociales.
Se argumenta que al bloquear la cuenta de uno de sus seguidores incumple con su obligación de difundir la información relativa a sus actividades y ello restringe el derecho de acceso a la información del usuario bloqueado, lo cual constituye un acto de autoridad para efectos del juicio de amparo.
La información señala que con este bloqueo de la Universidad Michoacana se vulneran los derechos humanos de Álvarez Banderas, lo que obliga a que se resuelva a prevenir las violaciones expuestas.
Por ello, resulta necesario determinar la viabilidad de la medida cautelar en el caso específico para que se restablezca de forma provisional el derecho que tiene el quejoso a la libre expresión y derecho a la información.
Por tanto, resuelven como procedente el conceder la suspensión para los siguientes efectos: se permita el acceso permanente a Jorge Álvarez Banderas a las cuentas Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo y @RectoriaUMSNH de las redes sociales Facebook y Twitter, respectivamente.
En este asunto, también establecen que habrá un próximo desahogo la audiencia incidental, que se prevé desarrollar a las 9:15 horas del próximo 8 de diciembre de 2022.
Leer el resolutivo: