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MORELIA, Mich., 13 de septiembre de 2014.- El SAT puede seguir balconeando a quienes expiden facturas por servicios inexistentes, informa el periódico Reforma.
La Suprema Corte de Justicia prohibió a los jueces federales de todo el País suspender la publicación de los nombres de personas y empresas que en años recientes se han dedicado a este negocio.
La segunda sala de la Corte publicó el 5 de septiembre jurisprudencia obligatoria que resolvió una contradicción entre tribunales inferiores, algunos de los cuales habían ordenado suspender estas publicaciones porque, argumentaron, se afectaba la reputación de personas que aún tenían oportunidad de desvirtuar la acusación del SAT.
La publicación de nombres fue impulsada en la reforma fiscal de 2013, luego de que el SAT detectó que, entre 2008 y 2012, 316 supuestas empresas expidieron facturas por 105 mil 369 millones de pesos, que permitieron a más de 12 mil contribuyentes hacer deducciones en el pago de IVA por bienes y servicios que en realidad no existieron.
Información completa en: http://www.reforma.com/aplicaciones/articulo/default.aspx?id=339220