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MORELIA, Mich., 3 de septiembre de 2103.- La Cámara de Diputados recibió la minuta que modifica la Ley General de Educación, para prohibir y sancionar que se condicione la prestación de servicios educativos a cargo del Estado por la entrega de aportaciones, cuotas, donaciones, dádivas o cualquier otro tipo de contraprestación en numerario, bienes o servicios.
En el documento turnado a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, se precisa que el monto de las aportaciones voluntarias en 2010 ascendió a más de 6 mil 380 millones de pesos.
Se añade que hasta 2011, los padres de familia de una escuela de educación básica pública, en contexto urbano favorable, pagaban anualmente 690 pesos, lo cual sucedía en el 97.7 por ciento de las escuelas.
Con las reformas a los artículos 6, 65, 67, 69, 75 y 76 de esta Ley, se busca que en ningún caso la prestación de servicios educativos, como la inscripción, la aplicación de exámenes, permanencia y entrega de documentos de los menores en las escuelas públicas esté supeditada a la recepción de aportaciones, cuotas o donaciones.
Además, se considera que las asociaciones de padres de familia participarán en la aplicación de cooperaciones que hagan ellas mismas al establecimiento escolar, las cuales serán de carácter voluntario y, en ningún caso, se entenderán como contraprestaciones del servicio educativo.
De igual modo, la Mesa Directiva turnó a comisiones ocho minutas. Una de ellas, expide la Ley de Vertimientos en las Zonas Marinas Mexicanas, cuyo propósito es crear un marco normativo que permita controlar y prevenir la contaminación o alteración del mar por derrames en las zonas marítimas mexicanas. Se mandó a la Comisión de Marina, con opinión de la Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Una más reforma las leyes sobre Refugiados y Protección Complementaria y la de Migración, efecto de regular las figuras de refugio, de refugiado y asilo. Fue remitida a las comisiones de Relaciones Exteriores, y de Asuntos Migratorios.
A la Comisión de Salud, se enviaron cinco minutas que modifican diversos artículos de la Ley General de Salud, para establecer un registro electrónico -código bidimensional- en los medicamentos a través de su caja, frasco o bote; eximir del cobro de las cuotas de recuperación por concepto de atención médica y medicamentos a todo menor, a partir de su nacimiento y hasta cinco años.
También, con el propósito de facultar a la Secretaría de Salud para que establezca, de manera obligatoria, la fortificación de la masa de maíz nixtamalizada, a través de la adición de uno o más nutrientes para mejorar su calidad; y otras sobre los servicios de atención y rehabilitación de las adicciones, y en materia de prescripción de medicamentos.
La minuta que reforma el artículo 17 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), busca ampliar las modalidades y medios para la presentación de quejas ante esta Comisión y garantizar el ejercicio pleno de derechos a personas con características y necesidades particulares. Fue canalizada a la Comisión de Derechos Humanos.