Amigos Empresarios de Michoacán acerca financiamiento a pymes
MORELIA, Mich., 3 de febrero de 2026.- Personas morales en México cuentan hasta el 31 de marzo de este año para presentar su declaración fiscal correspondiente a 2025, señaló Ignacio Zahaid Zamudio Mendez, administrador de Servicios al Contribuyente, del Servicio de Administración Tributaria (SAT) en Michoacán.
En conferencia de prensa realizada este martes, en las oficinas del SAT en Morelia, detalló que las sociedades en proceso de liquidación debieron dar cumplimiento al trámite del 1 al 19 de enero, mientras que el plazo para las personas morales sin ánimo de lucro vence este 16 de febrero.
Acotó que el resto de los contribuyentes, como quienes se encuentran en régimen simplificado de confianza, disponen hasta el 31 de marzo.
Zamudio Méndez explicó que el SAT ofrece una plataforma digital con información precargada para facilitar la presentación de la declaración fiscal.
Entre los datos con que está cuenta, mencionó los pagos provisionales del año, la participación de los trabajadores en las utilidades (PTU), las retenciones, las facturas por descuentos, devoluciones y bonificaciones, timbrado de nómina e información correspondiente a años previos.
Para llevar a cabo la presentación de la declaración fiscal 2025, la persona moral deberá disponer de su forma electrónica avanzada y servicio de banca electrónica, en caso de que resulte un monto por pagar, lo que deberá hacerse mediante transferencia.
De requerir ajustes, se puede presentar una declaración complementaria, con actualizaciones disponibles de 24 a 48 horas posteriores.
Multa para quienes exijan constancia de situación fiscal al facturar
Ignacio Zahaid Zamudio agregó que se ha detectado una práctica inapropiada entre emisores de facturas, consistente en la demanda de una constancia de situación fiscal a quienes soliciten una factura.
Esto constituye una infracción sancionable con multa económica que oscila de 21 mil 420 a 122 mil 440 pesos.
También infringen la norma los empleadores que piden a su personal la constancia de situación fiscal para hacer el timbrado de la nómina.
Y es que la constancia de situación fiscal, que no tiene vigencia, solo actualizaciones, contiene datos que solo son relevantes para el contribuyente.
Para la emisión de una factura es necesario presentar el registro federal de contribuyentes (RFC), nombre o razón social y régimen fiscal, mientras que los empleadores cuentan con asistencia desde el SAT.




