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MORELIA, Mich., 6 de enero de 2026.- Empresas emisoras de facturas deberán, a partir de este año, acreditar que estas amparan operaciones reales, o enfrentarán sanciones que alcanzarán a los contribuyentes receptores de estos comprobantes, afirmó la delegación en Michoacán de la Asociación Nacional de Especialistas Fiscales (ANEFAC).
En conferencia de prensa ofrecida este martes, Alan Omar del Río Ortiz, presidente de la Anefac Michoacán, detalló que la reforma fiscal 2026 prevé mejores controles en la generación de comprobantes de operaciones, dirigidos sobre todo contra las llamadas factureras, pero que pueden tener efectos adversos en todo tipo de negocios y en sus clientes.
Esto, explicó David Misael Fuerte Garfias, vicepresidente de la Anefac Michoacán, al incorporar la ley una facultad de comprobación para verificar que las facturas generadas por una empresa no son falsas, donde la autoridad arriba con la presunción de irregularidad, restringe el uso de los sellos y concede cinco días para demostrar la legitimidad de sus facturas.
Si no lo logra, en un plazo estimado de 20 días la empresa será incluida en los listados de irregularidades del Servicio de Administración Tributaria (SAT) y el Diario Oficial de la Federación (DOF), con lo que quienes posean facturas emitidas por esta empresa deberán corregir a la brevedad su situación fiscal para eliminar el efecto de estos comprobantes, lo que eventualmente se traducirá en un incremento en los pagos a realizar por los contribuyentes.
Javier Eliot Olmedo Castillo, expresidente de la ANEFAC Michoacán, expuso que a partir del 1 de enero de 2026 todos los comprobantes fiscales generados deberán acreditar que amparan una operación real, o enfrentar quienes los generen sanciones de tipo penal.
Aunque, insistió, la medida va dirigida especialmente contra las llamadas factureras, no se descarta que afecte a otro tipo de empresas y sus clientes.
Si bien la proliferación de las llamadas factureras, empresas fachada para acreditar indebidamente deducciones fiscales o fingir una capacidad económica diferente a la real, llevó al aumento de la presión de la autoridad, se trata de un procedimiento rudo, abrasivo y peligroso, donde pueden terminar pagando terceros por el error de un contribuyente, advirtió Ramiro Humberto Ortega Campos, socio fundador de la Anefac Michoacán.
"Está acción lleva a que la autoridad haga de los contribuyentes una suerte de investigadores, porque estos tendrán que extremar los cuidados con sus proveedores, verificar que estos paguen sus impuestos, y mes a mes revisar las listas de empresas irregulares", concluyó Alan Omar del Rio.
Otra medida incluida en la reforma fiscal 2026 que tendrá efectos importantes sobre los contribuyentes, es la imposibilidad de controvertir multas fiscales, sin antes pagar la garantía en el Banco del Bienestar, indicó David Misael Fuerte.
Hasta el 31 de diciembre de 2025, quienes controbertian una multa fiscal con el recurso de revocación no estaban obligados a ofrecer garantía de pago de la pena impuestas.
Ahora, quien discuta una multa fiscal independientemente del mecanismo para ello, antes deberá hacer un billete de depósito en el Banco del Bienestar, lo que es primero pagar la multa y luego tratar de impugnarla.
Las multas son los conceptos más comunes, que pueden oscilar desde dos mil 800 a 500 mil pesos, por lo que la reforma afectará en primera instancia a los micro y pequeños contribuyentes, incluidos los trabajadores, aseguró Javier Eliot Olmedo.
Y es que, por ejemplo, la multa por no presentar la declaración fiscal puede tondat los nueve mil pesos, suma similar a un salario mínimo vigente, pero está prna de establece por concepto obligado y por mes.
"Serían nueve mil pesos, sí, pero por cada impuesto que se debió declarar y por cada mes en que esto no se hizo", acotó Del Río Ortiz.




