Golazo de Cruz Azul borra a Rayados
MORELIA, Mich., 4 de agosto del 2015.- Guillermo Vázquez, técnico de Pumas, durante el partido contra Toluca el domingo pasado, fue captado fumando un cigarrillo electrónico en la banca del Estadio Nemesio Díez, producto prohibido en México por la Cofepris, imagen curiosa que desató polémica por una posible sanción; sin embargo, no enfrentará una sanción.
“No hay algo que prevea la ley para un consumidor, lo que se prohíbe es la importación y comercialización (del cigarrillo electrónico); él no lo está importando o comercializando”, dijo para La Afición Javier Ruiz,representante de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.
“Desde nuestra parte, Cofepris es la autoridad sanitaria; sí ha hecho periódicamente las medidas necesarias, junto con otras autoridades, para hacer decomisos; hasta el momento no está permitida la importación y comercialización de cigarrillos electrónicos”, señaló Ruiz.
“En el caso de las áreas libres (de humo) se multa, pero ¿qué ocurre con las personas? No hay un sustento jurídico para hacerlo (sanción), a nivel Federal no hay ningún sustento jurídico”.
De acuerdo con estudios científicos recientes, presentados en el congreso de la Sociedad Americana de Oncología Clínica (ASCO, por su sigla en inglés), “hasta 17 por ciento de los adolescentes que fumaba cigarros electrónicos y antes no lo hacía se está volviendo adicto”, comentó en 2014, para Milenio, Juan Wolfgang Zinser Sierra, presidente del Consejo Mexicano contra el Tabaquismo.
“Es una parte muy polémica y muy poca tratada, no hay algo que contemple la ley específicamente aún, y en varios países ha sido muy polémico. Pude atenuar la adicción al tabaco, pero eso sigue siendo controversial porque ese vapor contiene nicotina, esa es la parte que no se ha determinado aún; mientras no se oficialice en la Federación (SEGOB), la COFEPRIS seguirá operando con esas limitantes”, finalizó Javier Ruiz.
¿QUÉ DICE LA LEY?
La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, de la Secretaría de Salud, establece que la importación, distribución, comercialización y venta del denominado cigarrillo electrónico está prohibido por la Ley General para el Control del Tabaco.
Artículo16, fracción VI
Se prohíbe comerciar, vender, distribuir, exhibir, promocionar o producir cualquier objeto que no sea un producto del tabaco, que contenga alguno de los elementos de la marca o cualquier tipo de diseño o señal auditiva que lo identifique con productos del tabaco.
Fuente: La Afición.