Pide Claudia Sheinbaum a uruapenses que voten para lograr el Plan C
MORELIA, Mich., 29 de noviembre de 2016.- Las comisiones de Seguridad y Protección Civil y de Comunicaciones y Transportes someterán a consideración del pleno de la 73 legislatura el dictamen mediante el que se impide la aplicación de las llamadas fotomultas que ha impulsado el ayuntamiento de Morelia a quienes violenten la Ley Tránsito y Vialidad.
En la sesión del 30 de noviembre se discutirá y votará la reforma a esa ley, propuesta por el presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, Víctor Manuel Serrato, quien señaló que es una obligación del estado garantizar a toda persona la protección del debido proceso y garantías de seguridad, la presunción de inocencia y la certeza jurídica, en toda clase de procedimientos, incluidos los administrativos llevados a cabo por cualquier autoridad.
El ombudsman indicó que el procedimiento debe efectuarse por el agente del Estado, sin que dicha potestad pueda ser sustituida por particulares o aparatos automatizados, electrónicos o remotos cuya finalidad solo es la de apoyo.
En el dictamen de las comisiones unidas se indica que las autoridades de tránsito y vialidad en el estado tienen la facultad de utilizar los avances de la tecnología, tanto para regular el flujo vehicular mediante semáforos, como para apoyarse en ellos y utilizarlos como medios de prueba al momento de levantar una infracción como lo es pistola radar.
La propuesta que será avalada o rechazada por el pleno es la adición de un segundo párrafo al artículo 59 de la Ley de Tránsito y Vialidad del Estado de Michoacán, con el que el ayuntamiento de Morelia no podría aplicar las fotomultas:
“Para efecto de la imposición de las sanciones por infracciones a esta Ley y su Reglamento, sólo los agentes del Estado debidamente acreditados que porten identificación con su nombre y número
perfectamente visibles, al momento de la infracción, expedirá la boleta correspondiente, fundando y motivando la causa legal; otorgando al presunto infractor el derecho de asentar en ella lo que a su interés convenga y entregándola por escrito”.