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MÉXICO, DF., 16 de abril de 2014.- A fin de que las instancias de seguridad social proporcionen atención pronta, efectiva y oportuna a las mujeres que se encuentren en estado de gravidez y que por sus condiciones de salud esté en riesgo la vida de la madre o del producto de la concepción, el Grupo Parlamentario Nueva Alianza propuso reformar los artículos 35, 37 y 38 de la Ley General de Salud, para que se cumpla cabalmente con los principios de universalidad y gratuidad de los servicios sanitarios y de atención médica.
De acuerdo con un comunicado de prensa, el diputado Rubén Benjamín Félix Hays, integrante de la Comisión de Salud, presentó la iniciativa con proyecto de decreto correspondiente,encaminada a enfrentar la compleja problemática en la materia.
De acuerdo con el informe sobre mortalidad materna en México emitido por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política Social(Coneval), los gobiernos de los últimos 12 años no lograron disminuir las cifras de mortalidad materna, situación que se ha convertido en un grave problema de salud, derechos humanos, desarrollo social, equidad de género y justicia social.
La iniciativa de decreto presentada por el diputado aliancista adiciona un párrafo tercero al artículo 35, con el fin de que se establezca en la Ley General de Salud la obligación de que “las instancias públicas de seguridad social en todo tiempo prestarán los servicios sanitarios y atención médica urgente a las mujeres que se encuentren en estado de gravidez, cualquiera que sea la etapa de la gestación y que por su estado grave de salud se encuentre en riesgo su vida y la del producto de la concepción, independientemente que sean o no beneficiarios o derecho habientes”.
Además, adiciona un párrafo cuarto al correlativo 37, con el propósito de que “las instituciones públicas de seguridad social a que se refiere el párrafo primero de este artículo en ningún caso ni por motivo alguno podrán negar los servicios sanitarios y atención médica urgente a las mujeres que se encuentren en estado de gravidez, cualquiera que sea la etapa de la gestación y que por su estado grave de salud se encuentre en riesgo su vida y la del producto de la concepción, independientemente de que sean o no beneficiarios o derechohabientes”.
También reforma el párrafo 38 con el propósito de que “el gobierno federal, de los estados, del Distrito Federal y los gobiernos municipales podrán celebrar convenios con las instituciones de servicios de salud privados, para que presten los servicios sanitarios y atención médica urgente a las mujeres que se encuentren en estado de gravidez, cualquiera que sea la etapa de la gestación y que por su estado grave de salud se encuentre en riesgo su vida y la del producto de la concepción”.
La modificación legislativa precisa que “los convenios a los que se refiere el párrafo anterior podrán versar sobre estímulos fiscales que sean atractivos y favorezcan la prestación de su servicio. Las instituciones privadas que celebren los convenios establecidos en este artículo en ningún caso ni por motivo alguno podrán negar o negarse a atender a los pacientes que lo requieran”.
La iniciativa del Grupo Parlamentario Nueva Alianza cobra relevancia por el hecho de que según el último reporte delConeval, en el caso de la muerte materna, México no ha cumplido con su objetivo de disminuirla, toda vez que no se logró ampliar la cobertura y la calidad de la atención durante el embarazo, parto y puerperio.
Los Objetivos del Milenio 2015 establecen una meta original a 44.5 defunciones maternas por cada 10 mil nacimientos, pero en 2011 se registraron 110 defunciones de mujeres en el parto, siendo la hemorragia obstétrica y trastornos hipertensivos las principales causas. Hacia 2012 se registró una disminución a 95 defunciones por estas causas en el país y no ha habido mejoras en esa tendencia en los años siguientes.
A pesar del aumento del presupuesto y de las iniciativas específicas que se han promovido desde el año 1998, México no ha avanzado con la velocidad necesaria para alcanzar la meta de mejorar la salud materna, expresada en la reducción de la mortalidad en parto, subrayó el legislador sinaloense, al destacar que la crisis del sector salud en México la están pagando las mujeres parturientas: por cada dos mil habitantes en el territorio nacional hay tres médicos, cuando la recomendación de la Organización Mundial de la Salud (OMS) es de entre dos o tres por cada mil habitantes.
Además, en los últimos meses, los casos de negación del servicio médico a mujeres embarazadas se presentaron de manera más frecuente. Los medios masivos de comunicación dieron cuenta de ello:
En el amanecer del 2 de octubre de 2013, Irma López, mujer mazateca, da a luz en el patio de un hospital de San Felipe Jalpa, Oaxaca, a un niño de dos kilos 400 gramos; el 27 de enero de 2014, en Huajuapan de León, Oaxaca, Nancy Salgado López, de 21 años, da a luz a su hija en la banqueta de urgencias del hospital “Pilar Sánchez Villavicencio”; el 20 de marzo de 2014, Juana García Jiménez alumbra en la calle, frente a la clínica de Ejutla de Crespo, en el Valle Central; el 19 de febrero de 2014, Silvia Francisco pierde a su hijo, luego de que durante cinco horas le negaron la atención en un centro del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en el municipio de Matías Romero, en el Istmo de Tehuantepec.
Estas lamentables historias que llegan hasta la mortalidad materna se repiten en otros estados, principalmente en Tabasco, Guerrero, Chiapas, Puebla, Yucatán, Chihuahua, Guanajuato y Michoacán, a cusa de preeclampsia-eclampsia, hemorragia postparto, sepsis e infección puerperal, neoplasias y embolia pulmonar.
Rubén Benjamín Félix Hays aseguró que la mortalidad materna representa un gran desafío para las instituciones de salud, porque sus causas son evitables en muchos casos. El legislador aliancista concluyó que la injusticia social radica en que las mujeres pobres son las que sufren mayor riesgo de morir por embarazo, parto o puerperio, por lo que su iniciativa va encaminada a que toda mujer que presente una emergencia obstétrica sea atendida sin dilación alguna, en cualquier unidad médica de las instituciones de seguridad social, sin discriminación por razón de no estar afiliada, o no tener la calidad de derechohabiente de esas instituciones.