Convocan a reunión ante declaratoria de cerro Grande como área protegida
MORELIA, Mich., 25 de noviembre de 2014.- El Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) instruyó al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) entregar a una particular, el expediente clínico de su progenitor fallecido, previa acreditación de su parentesco.
De acuerdo con un comunicado de prensa, la solicitante requirió el historial médico de su padre donde se incluyeran las notas médicas y resultados de laboratorio realizados con motivo de un padecimiento de diabetes, las constancias médicas del área de urgencias, del médico angiólogo, de los médicos residentes de Nefrología y del área de enfermería del hospital que brindó atención médica a su padre, así como los documentos que certificaron su defunción.
En respuesta, el IMSS informó a la peticionaria que debía realizar el trámite denominado “Procedimiento para la entrega de datos personales contenidos en el expediente clínico” con clave 2610-003-002”.
Inconforme, la particular acudió al IFAI donde solicitó la revisión de su asunto; el cual, fue turnado a la comisionada Areli Cano Guadiana.
En su defensa, el IMSS modificó su respuesta inicial e informó a la solicitante que había localizado la documentación requerida, por lo que ponía a su disposición copia del expediente clínico con todas las notas generadas durante la atención médica.
Posteriormente, el IFAI recibió copia de un correo electrónico mediante el cual el IMSS le solicitaba a la solicitante acreditara su parentesco para tener acceso al expediente clínico.
Areli Cano destacó que la particular tiene acceso a los datos personales de su progenitor de acuerdo a la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (LFTAIPG) y demás disposiciones reglamentarias.
Agregó, que si bien la Norma Oficial Mexicana NOM004SSA3-2012 establece que el expediente clínico es propiedad de la institución de salud o prestador de servicios médicos que la genera, el paciente tiene derecho de titularidad sobre la información relacionada con su salud, así como de la confidencialidad de sus datos personales.
En este sentido, Cano Guadiana resaltó la importancia de los expedientes clínicos ya que toda persona, al acceder a ellos, cuenta con la posibilidad de ejercer otros derechos, entre ellos el de acceso a la salud en los casos de patologías genéticas o bien al de justicia en un supuesto de negligencia médica.
La comisionada Cano concluyó que el acceso al expediente clínico de una persona fallecida es un derecho de sus familiares, ya que al conocerlo se puede tener certeza sobre la materialización del derecho a la Protección de la Salud, de la atención proporcionada en diversos momentos y de las actuaciones que el personal médico brindó a un paciente.
Por lo anterior, el Pleno del IFAI instruyó al IMSS para que, previa acreditación del parentesco con la persona fallecida, ponga a disposición de la particular el expediente clínico requerido, informándole además que puede ser remitido a su domicilio, mediante correo certificado con notificación, previo pago del costo correspondiente por dicho envío.