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MORELIA, Mich., 13 de noviembre de 2013.- Un total de 48 normalistas que siguieron un proceso en el Poder Judicial de Michoacán, luego de la irrupción de policías en tres normales y el incendio de varias unidades, fueron sentenciados por robo y motín por el juez sexto penal, esto a un año de que quedaron en libertad por ‘falta de pruebas’.
El 24 de octubre del 2012, los últimos ocho estudiantes de la escuela Normal de Tiripetío ‘Vasco de Quiroga’ habían quedado en libertad, esto tras pagar siete mil pesos de fianza, aunque ya se encontraban otros 41 que también comenzaron proceso penal.
En aquella ocasión el juez que llevó la causa, determinó que faltaron pruebas en la integración de la Averiguación Previa por lo cual quedaron en libertad.
Esto se desprendió luego de un operativo por parte de la Policía Federal y Estatal en la Escuela Normal de Tiripetío el pasado de 15 de octubre del 2012, donde fueron detenidos más de 200 alumnos, de los cuales sólo 48 llevaron proceso penal y donde fueron incendiados más de una veintena de camiones que tenían secuestrados.
Los alumnos de citada escuela, habían fabricado bombas caseras con lo cual lograron replegar hasta en dos ocasiones a decenas de policías que entraban por la puerta principal.
Finalmente a poco más de un año de los hechos ocurridos, el Poder Judicial de Michoacán informó consecuencia, se impone a cada uno de los 48 sentenciados mencionados, 3 tres años de prisión y multa de ocho mil ochocientos sesenta y dos pesos
El Juez sexto ordenó que se notificara desde el pasado 5 de noviembre de este año personalmente a los sentenciados, defensor, agente del ministerio público adscrito a esta oficina y parte civil; hágaseles saber a los primeros, el derecho y plazo de cinco días hábiles que la ley le concede para interponer el recurso de apelación y, en su caso, que deberán designar defensor que los patrocine en segunda instancia.
Los sentenciados se acreditaron los elementos constitutivos de los tipos penales de robo de uso y motín, en agravio, respectivamente, de Destinos Parhikuni, S.A. de C.V., y la sociedad; así como la responsabilidad jurídico-penal atribuida a Gabriel Estrada Juárez, Lilian Villafaña Espinoza, Manuel Bruno Castañeda, Iván Agustín Míreles Villegas, Ramiro Reyes Hernández, Ramiro Guerrero Heredia, José Moreno Pérez, Cristian Galán Guerra, Gerardo Morales Torres, José Ponce Martínez, Alfonso Cabrera López, Iván Sinuhé Valencia Ocampo, David Silva Naranjo, Jesús Campos Robles, Agustín Arias García, Agustín Millán Padilla, José Luis Flores Ramírez, Edgar Eugenio Mateo, Santiago Reyes Castillo, Cristian Flores Hilario, Erick Abraham García Ornelas, José Guadalupe Olivares Pedraza, José Eduardo Jiménez Hernández, José Manuel Hurtado Ramírez, Bertín Cuanas Tapia, Armando Guerrero Ruiz, Jesús González Villanueva, Jorge Antonio Hernández Román, Salvador Amador Farías, Luis Ángel Cerna Morales, Uriel García Cervantes, Juan Andrés Pérez Martínez, Rodrigo Orta Coria, Alfredo González Velázquez, Héctor Daniel Aranda Pérez, Odilón Solórzano Solórzano, Omar Argeta Vieyra, Javier Prieto Márquez, David Castillo Carpio, Alan López Villegas, César Eduardo Santiago Eraclio, Víctor Alfonso Hernández Villanueva, Jorge Luis Rojas Méndez, Ángelo Ortiz Orozco, Luis Ángel Zuluhaga de Jesús, Sergio Olivares Pedraza, José Cortés García y José Iván Ceja Durán, en su comisión, de conformidad con los considerandos segundo, tercero y cuarto.