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ZAMORA, Mich., 18 de septiembre del 2014.- En representación de la Cámara de Diputados, la legisladora del 05 Distrito con cabecera en Zamora, rindió el informe sobre las iniciativas que en materia de discapacidad se han aprobado en México.La Delegación participó en la sustentación del Informe de México sobre el cumplimiento de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad ante la ONU, en Ginebra, Suiza. La Delegación Mexicana fue integrada por representantes del Senado de la Republica, la CONADIS y una Representación de la Cámara de Diputados Encabezada por la Diputada Adriana Hernández Iñiguez.
Por parte del Grupo parlamentario del PRI, así como un miembro del PRD y otro del PAN, respaldaron el Proyecto de Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad.Las iniciativas que fueron presentadas en la LXII Legislatura, turnadas a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables de la Cámara de Diputados, fueron las siguientes:
Incluir el concepto de “Perspectiva de género” y “Servicios de asistencia”.
Facultar al Ejecutivo Federal para promover el pleno goce y ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad, reconociendo la igualdad de sus derechos ante la ley, a la privacidad, a la seguridad, la protección contra la tortura y tratos crueles inhumanos o degradantes, explotación, abusos, violencia, y la atención en situaciones de riesgo o emergencia.
Facultar a la Secretaría de Salud para asegurar que en el diseño, ejecución y evaluación de los programas generales de salud, se contemple a las personas con discapacidad, como usuarias y se consideren sus necesidades específicas para beneficiarse en un plano de equidad con el resto de la población.
Prever la adecuación de la infraestructura básica, espacio público, equipamiento del entorno urbano, servicios urbanos, e instalaciones a las que tiene acceso el público, sea obligatoria en las nuevas construcciones.
Establecer las facultades del Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad. Fueron aprobadas con fecha 4-Febrero-2014, y publicadas antes, en la Gaceta con fecha del 16-Abril-2013.
Fue presentado también el Proyecto de Decreto que reforma los artículos 44 y 45 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad.
Establecieron que será invitado permanente a la Junta de Gobierno del Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad, un representante de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano. Se establece que el titular de la Secretaría de Desarrollo Social será quien presida la Junta Directiva de dicho Consejo y no el titular de la Secretaría de Salud como se establece actualmente. Aprobada
con fecha del 4-Febrero-2014, y publicada antes en la Gaceta del 29-Abril-2013.
Proyecto de decreto que reforma los artículos 16 y 18 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad. Considera que los edificios privados, al igual que los públicos, deberán sujetarse a la legislación y normas oficiales mexicanas vigentes, para el aseguramiento de la accesibilidad a los mismos de las personas con discapacidad. Asimismo, considerar las facilidades de créditos de vivienda que sean generadas por instituciones privadas, dirigidas a este grupo de personas. Aprobada con fecha 4-Febrero-2014. Publicada en la Gaceta del 23-Abril-2013.
Proyecto de Decreto que reforma los artículos 3°, 7° y 14 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.
Proponente: Dip. Sosa Govea Martha Leticia (PAN). Incluir los siguientes conceptos: albergue para adultos mayores (establecimiento donde se proporcionan temporalmente servicios de alojamiento, en tanto son reubicados a otras instituciones o a su familia).
Asilo para adultos mayores (institución pública o privada que provee alojamiento definitivo, alimentación y ayuda con las actividades cotidianas y recreativas).
Casa hogar para adultos mayores (establecimiento de asistencia social donde se proporciona a adultos mayores atención integral mediante servicios de alojamiento, alimentación, vestido, atención médica, trabajo social, actividades culturales, recreativas, ocupacionales y psicológicas).
Centro de día (establecimiento público, social o privado que proporciona alternativas a los adultos mayores para la ocupación creativa y productiva del tiempo libre); y estancia (como sinónimo de casa hogar o asilo en los casos de alojamiento definitivo o de centro de día en el caso de alojamiento temporal). Establecer la concurrencia de los tres niveles de gobierno para promover la creación de instituciones, casas hogar, albergues, residencias de día o cualquier otro centro público o privado que brinden servicios y atención a las personas adultas mayores. Aprobada con fecha 4-Febrero-2014.