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MORELIA, Mich., 8 de septiembre de 2014.- e acuerdo con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Michoacán de Ocampo (LETAIPEMO), la persona física o moral que ejerce recursos públicos está obligada a cumplir dicha ley. Dentro de este catálogo de sujetos obligados se encuentran autoridades e instituciones (entre las que figuran las diferentes escuelas públicas del estado de Michoacán).
Según un comunicado, la Secretaría de Educación en el Estado a través del Subsecretario de Educación Básica Rafael Mendoza Castillo, solicitó al Instituto para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Michoacán (ITAIMICH) se capacitara en la materia a directores de planteles educativos.
De esta manera y dando seguimiento al trabajo de promoción de la cultura de la transparencia, el derecho de acceso a la información pública y la protección de datos personales, la Consejera del ITAIMICH Irma Nora Valencia Vargas, dirigió la capacitación sobre estas prerrogativas a directoras y directores de escuelas secundarias (técnicas y federales) y telesecundarias de la región Morelia y de diversos municipios del estado; ello con el principal objetivo que tanto docentes como administrativos respeten y garanticen los derechos humanos de acceso a la información pública y protección de datos personales de alumnos y padres de familia.
“Hace 10 o 12 años era difícil para los ciudadanos obtener información pública, hoy con las nuevas tecnologías de la información y comunicación (TIC), es mucho más sencillo; las instituciones y sus funcionarios estamos obligados a difundir la información de todas aquellas acciones públicas, lo que es importante para el combate a la corrupción”, apuntó la Consejera del ITAIMICH.
Dicha obligación radica por una parte en la publicación de información de oficio (estructura orgánica, tabulador de sueldos, presupuesto asignado y ejercido, adquisiciones, arrendamientos entre otros), esta información debe de publicarse sin que haya solicitud ciudadana de por medio; además de la información de oficio, las instituciones y funcionarios están obligados a responder cualquier solicitud de información que requieran los individuos referentes al gasto del erario público o bien sobre actos de autoridad.
Valencia Vargas indicó a los directivos de los planteles educativos, que además de respetar el derecho de acceso a la información pública, deben garantizar la protección de datos personales (en este caso de alumnos y padres de familia) que tengan en su base de datos y archivos.
Referente a los datos personales la ley impide a quienes representan a una institución pública a difundir, distribuir o comercializar los datos personales que se encuentran en los archivos con los que laboran, salvo que se tenga la aprobación expresa y escrita de la persona a la que pertenezcan.